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Los extranjeros no residentes deberán pagar por la atención en hospitales nacionales: qué cambia y qué impacto puede tener en Misiones

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Los extranjeros no residentes deberán pagar por la atención en hospitales nacionales: qué cambia y qué impacto puede tener en Misiones

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El Gobierno nacional reglamentó el nuevo esquema para la atención sanitaria de extranjeros no residentes en hospitales administrados por el Estado nacional: las emergencias deberán ser atendidas sin importar la situación migratoria, pero las prestaciones no urgentes podrán ser cobradas al paciente o a su compañía de seguros.

La medida, publicada este martes en el Boletín Oficial por el Ministerio de Salud de la Nación, reglamenta las modificaciones introducidas por el DNU 366/2025 a la Ley de Migraciones y establece un procedimiento para determinar cuándo corresponde la atención gratuita y cuándo deberá existir un seguro o un pago previo.

La decisión tiene especial interés para las provincias fronterizas, entre ellas Misiones, donde el movimiento de personas entre Argentina y Paraguay es cotidiano y donde el sistema sanitario recibe también a pacientes provenientes del vecino país.

¿Qué pasará con un extranjero que llega a atenderse?

La resolución establece una diferencia central entre emergencias y atención habitual.

Si una persona llega a un hospital con un cuadro que representa un riesgo real e inminente para su vida o para una función vital, deberá ser atendida inmediatamente. No podrán exigirse trámites administrativos, documentación migratoria ni pagos previos para iniciar la asistencia.

Entre las situaciones contempladas figuran infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias importantes, sepsis, insuficiencia respiratoria aguda grave, quemaduras extensas, intoxicaciones, emergencias obstétricas y cuadros pediátricos o neonatales con compromiso grave.

Incluso si existe duda sobre la gravedad del cuadro al momento del ingreso, deberá prevalecer el criterio de brindar atención hasta que el profesional determine si efectivamente se trata de una emergencia.

La clasificación queda exclusivamente en manos del médico responsable.

Una vez superada la situación de emergencia, las prestaciones posteriores podrán quedar sujetas al nuevo régimen de cobro.

Si no es una urgencia, deberá pagar o tener seguro

Para las consultas, estudios, tratamientos o intervenciones programadas, el procedimiento establece que el extranjero deberá acreditar alguna de estas condiciones:

  • Residencia permanente en Argentina, acreditada mediante DNI.
  • Seguro de salud que cubra la prestación.
  • Pago previo del costo de la atención.

Si cuenta con cobertura internacional, el hospital podrá facturar directamente a la aseguradora. Para ello deberá reunir la documentación correspondiente y comunicar el ingreso dentro de las primeras 24 horas.

La compañía tendrá 45 días corridos para pagar la factura. Si no lo hace, el establecimiento podrá iniciar acciones judiciales para recuperar el costo.

En cambio, si el paciente no tiene seguro, deberá abonar el 100% del valor presupuestado antes de recibir una prestación programada.

El punto que puede generar debate en Misiones

La medida nacional vuelve a poner bajo la lupa una situación que tiene una particular relevancia en Misiones: la atención de ciudadanos paraguayos que cruzan la frontera para recibir prestaciones médicas en la Argentina.

Posadas y otras ciudades fronterizas mantienen un intenso intercambio cotidiano con Paraguay. En ese contexto, el sistema sanitario misionero recibe pacientes del vecino país, especialmente cuando buscan determinadas prestaciones o servicios de mayor complejidad.

El Hospital Escuela de Agudos Dr. Ramón Madariaga, principal centro de referencia de la provincia, es uno de los establecimientos que concentra atención de alta complejidad y recibe pacientes derivados de distintos puntos de Misiones.

Sin embargo, hay una precisión importante: la resolución publicada por el Gobierno nacional alcanza a los hospitales administrados por el Estado nacional y no establece, por sí misma, un nuevo régimen de cobro para los hospitales provinciales como el Madariaga.

Por eso, el impacto concreto de la medida sobre la atención de pacientes paraguayos en Misiones dependerá de las normas y decisiones que adopte la provincia respecto de su propio sistema sanitario.

¿Y los paraguayos que tienen residencia permanente?

En esos casos la situación es diferente. Los extranjeros que cuentan con residencia permanente en la Argentina mantienen el acceso al sistema sanitario nacional en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos, siempre que acrediten esa categoría mediante la documentación correspondiente.

La resolución apunta principalmente a quienes no tienen residencia permanente y llegan al país para recibir una prestación sanitaria.

El Gobierno nacional sostiene que el objetivo es ordenar el recupero de los costos y evitar que el sistema público argentino absorba prestaciones programadas para personas que no tienen residencia en el país.

La emergencia seguirá siendo atendida

Uno de los puntos que la norma deja expresamente establecido es que ningún extranjero podrá quedar sin atención ante una emergencia médica.

La asistencia deberá comenzar de inmediato y los trámites administrativos no podrán retrasarla.

El criterio también alcanza a los casos en los que inicialmente no resulte claro si existe una situación de riesgo. El profesional deberá determinar posteriormente si corresponde encuadrar la atención como emergencia o como prestación habitual.

Esto significa que la nueva normativa no habilita a los hospitales a rechazar a una persona extranjera que llegue con riesgo para su vida.

Una medida que abre un nuevo debate sobre la salud en las fronteras

El cambio de reglas vuelve a instalar una discusión especialmente sensible para las provincias fronterizas.

En Misiones, donde la circulación con Paraguay forma parte de la vida cotidiana y donde existen vínculos comerciales, laborales, familiares y sanitarios permanentes, la cuestión excede la discusión nacional sobre el costo de la salud pública.

El interrogante que queda abierto es cómo se articulará el nuevo criterio nacional con la realidad de los sistemas sanitarios provinciales de frontera y con la atención de pacientes extranjeros que llegan a la Argentina buscando tratamientos que no pueden realizar en sus lugares de origen.

Por ahora, la regla nacional es clara: emergencia, atención inmediata; atención no urgente, seguro o pago para los extranjeros que no sean residentes permanentes en los hospitales alcanzados por la norma.

El debate, especialmente en provincias como Misiones, recién comienza. (Enfoque)

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