
Ecología habilitó ambientalmente El Palenque, el proyecto de Posadas que contempla un hotel para 70 personas y 242 lotes
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La Resolución N.º 305 del Ministerio de Ecología otorgó la Viabilidad Ambiental Preliminar al desarrollo inmobiliario de casi 70 hectáreas. El emprendimiento incluye además un club hípico y un área de conservación de selva. La autorización establece condiciones especiales para proteger el arroyo Itaembé, sus humedales, la vegetación nativa y una tropa de monos carayá declarados Monumento Natural Provincial.
El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones otorgó la Viabilidad Ambiental Preliminar al proyecto “Club de Campo El Palenque”, un desarrollo inmobiliario proyectado sobre un predio de casi 70 hectáreas en Posadas, que contempla 242 lotes residenciales, un centro hípico, espacios sociales y deportivos y un hotel con capacidad prevista para 70 personas.
La autorización quedó formalizada mediante la Resolución N.º 305, fechada el 24 de agosto de 2026 y publicada este martes en el Boletín Oficial de Misiones. El aval ambiental alcanza exclusivamente a la parte del proyecto emplazada sobre terrenos cuya propiedad fue acreditada por la empresa desarrolladora, Summit Desarrollos S.A.
Según la documentación incorporada al expediente, el emprendimiento se desarrollará sobre una superficie total de 697.400,06 metros cuadrados y contempla una superficie cubierta de 2.631,07 metros cuadrados.
El proyecto fue presentado como una iniciativa integral que combina usos residenciales con actividades sociales, deportivas y turísticas. Incluye 242 lotes, un club social y deportivo con centro hípico y un hotel denominado “Resort de la Selva”.
La urbanización estima una población de aproximadamente 968 personas, mientras que el hotel tendrá una capacidad proyectada para otras 70 personas. El trazado de las calles no seguirá el esquema tradicional en damero, sino que buscará adaptarse a las pendientes naturales del terreno y mantener los escurrimientos existentes.
El arroyo Itaembé, en el centro de las condiciones ambientales
Uno de los principales aspectos evaluados por el Ministerio de Ecología fue la ubicación del emprendimiento dentro de la cuenca del arroyo Itaembé, un área declarada por legislación provincial como Área Natural Protegida bajo la categoría de Reserva de Usos Múltiples.
La resolución señala que en el sector existen parches de cobertura vegetal, bosques protectores en galería, bloques de bosque ribereño y sectores con humedales.
Por ese motivo, la viabilidad ambiental quedó acompañada por una serie de obligaciones específicas destinadas a evitar la alteración de estos ambientes.
Entre ellas, el desarrollador deberá garantizar la protección de cursos de agua, nacientes y humedales, quedando prohibido desviarlos, taparlos, rellenarlos o realizar cualquier actividad que pueda afectarlos de manera directa o indirecta.
También deberá incorporar cartelería que identifique las áreas de resguardo y advierta sobre el deber de cuidado, protección y conservación de las especies de flora y fauna nativas presentes en el predio.
Una tropa de monos carayá tendrá protección especial
Otro de los puntos destacados de la resolución está relacionado con la presencia en el área de una tropa de Alouatta carayá, conocidos como monos aulladores negros y dorados.
La especie fue declarada Monumento Natural Provincial mediante la Ley XVI N.º 164 y cuenta con registros oficiales del Ministerio de Ecología.
En este marco, la empresa deberá implementar medidas específicas para mantener la protección de los animales y promover una convivencia responsable entre la fauna silvestre y los futuros habitantes del desarrollo.
La resolución establece que cada familia que adquiera un lote deberá recibir información integral sobre la convivencia con la fauna nativa, incluyendo las normativas ambientales vigentes.
Además, ante la eventual observación de un comportamiento errático de los ejemplares que integran la tropa, los vecinos deberán informar al Ministerio de Ecología o al 911.
La protección de la fauna y flora nativa también deberá incorporarse como una cláusula obligatoria del reglamento del barrio privado. Los futuros propietarios deberán ser notificados sobre las prohibiciones, responsabilidades y obligaciones para preservar las especies y respetar los espacios de reserva natural existentes dentro del desarrollo.
Plantación de especies nativas y prohibición de exóticas
Entre las condiciones establecidas por Ecología figura además la obligación de implementar medidas de mitigación mediante la implantación de especies forestales nativas, priorizando aquellas características de la zona.
El objetivo será contribuir a la protección de los ecosistemas forestales, minimizar los procesos de erosión y preservar los recursos naturales.
La resolución recomienda especial cuidado ante la eventual identificación de ejemplares o sectores con especies protegidas y especies no maderables, como epífitas, orquídeas y bromelias.
Asimismo, queda expresamente prohibida la implantación de especies forestales exóticas.
En caso de instalarse un obrador o campamento, la empresa deberá realizar la correspondiente parquización y forestación, garantizar la cobertura del suelo vegetal y/o la implantación de gramíneas y desarrollar un plan de cortina forestal para el predio.
Qué pasará con los terrenos de Yacyretá
La viabilidad ambiental tampoco incluye por ahora la totalidad de las tierras lindantes al emprendimiento.
La resolución precisa que las parcelas 009A y 008B de la Sección 25 del municipio de Posadas pertenecen a la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) y cuentan con acceso al arroyo Itaembé.
Esos terrenos quedarán excluidos del proyecto hasta tanto Yacyretá se expida y se acredite formalmente en el expediente la correspondiente autorización de uso a favor del interesado.
El Ministerio recordó que esa porción de tierra fue afectada oportunamente por el embalse de la represa.
La autorización es preliminar y contempla controles
La resolución deja establecido que la viabilidad ambiental otorgada es preliminar y que cualquier modificación futura del proyecto deberá ser informada previamente al Ministerio de Ecología.
La empresa deberá acompañar la documentación correspondiente y aguardar la evaluación de la autoridad ambiental antes de ejecutar las modificaciones que eventualmente se planteen.
Además, deberá cumplir con el plan de contingencia, el plan de gestión ambiental, la política ambiental adoptada y el programa de mitigación previsto para las diferentes etapas del proyecto.
Entre las obligaciones figura también la presentación de informes semestrales de seguimiento ambiental y de cumplimiento.
La Comisión Técnica de Evaluación de Impacto Ambiental del Ministerio había recomendado avanzar con el otorgamiento de la Viabilidad Ambiental Preliminar a través del Informe Técnico Final N.º 11/2026, elaborado luego del análisis de la documentación presentada por la empresa y sus consultores técnicos.
De esta manera, El Palenque obtiene el aval ambiental preliminar para avanzar con un desarrollo que combinará viviendas, hotelería y actividades hípicas en una superficie cercana a las 70 hectáreas, aunque bajo un conjunto de condiciones específicas vinculadas con la preservación del ecosistema del arroyo Itaembé, los humedales, la vegetación nativa y la fauna silvestre del área. (Misiones Online)